El día 15 de mayo de 2023 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit el decreto por el cual se reformó el tercer párrafo del artículo 2389 del Código Civil para el Estado de Nayarit entrando en vigor al día siguiente de su publicación, referente al plazo en el cual se podrá solicitar la anotación de un nuevo aviso preventivo respecto del mismo predio cuando se encuentre vencido el primero, para en lo sucesivo quedar redactado en los términos siguientes:
“…Artículo 2389.-
… El primer aviso preventivo tendrá una vigencia de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación y sólo podrá producirse otro primer aviso preventivo respecto del mismo predio, una vez que hubieren transcurrido quince días naturales contados a partir del día siguiente a aquel en que por cualquier causa hubiere quedado sin efectos el anterior primer aviso preventivo…”
Por lo anterior consideramos de importancia que tomes en cuenta la información anterior para el caso de que formalices operaciones que se refieren a inmuebles en el Estado de Nayarit y revisar el tema con el jurídico del banco de tu proyecto.